7 Preguntas frecuentes del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa
Novedad importante!
Desde el 1 de enero de 2019 no se podrán realizar nuevas altas de esta modalidad de contrato, ya que ha sido derogada por el Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre.

Nos llegan muchas dudas vuestras sobre el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa y hemos recopilado algunas de ellas con el fin de que accedáis a las mismas con facilidad.

¿Cuál es la duración mínima y máxima de un contrato a tiempo parcial en vinculación formativa?

La Ley no estipula un mínimo, pero para que sea rentable para la empresa, y al trabajador le dé tiempo a realizar las 90 horas de formación anuales, se aconseja que el contrato no sea inferior a tres meses. Además, dicho contrato se podrá aplicar durante doce meses, pudiendo prorrogarse otros doce meses siempre que el trabajador compatibilice empleo y formación.

¿La formación debe coincidir con el tiempo de contratación? 

Se puede compatibilizar formación con empleo, pero también se puede justificar haberla cursado en los seis meses previos a la celebración del contrato.

¿Qué perfil deben cumplir aquellos que sean contratados mediante vinculación formativa?

Deben ser jóvenes desempleados menores de treinta años, o menores de treinta y cinco, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%. Además, deberán cumplir al menos uno los siguientes requisitos:

  • Carecer de título oficial de enseñanza obligatoria (ESO), de título de Formación Profesional (FP) o Certificado de Profesionalidad.
  • Proceder de otro sector de actividad, entendiéndose como otro sector, que haya trabajado bajo otra Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) diferente.
  • No tener experiencia laboral o que la misa sea inferior a tres meses.
  • Estar inscrito ininterrumpidamente como demandante de empleo en la oficina de empleo durante doce meses, de los dieciocho meses anteriores a la celebración del contrato.
  • Estar inscrito como beneficiario en el Sistema Español de Garantía Juvenil.

¿Qué requisitos debe cumplir la empresa?

No haber realizado un despido improcedente en los seis meses previos a la fecha de alta del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa, así como mantener el nivel de empleo alcanzado con dicho contrato, durante al menos la duración del mismo.

¿Cuáles son los incentivos para las empresas que realizan este tipo de contrato?

Las empresas que realicen este contrato podrán beneficiarse de una reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondientes al trabajador contratado, que serán del 100% en empresas con menos de 250 trabajadores, y del 75% en empresas de más o igual número de trabajadores.

¿Se puede bonificar la formación del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa?

Esta formación se puede bonificar en su totalidad o en parte, en función de los créditos disponibles de la empresa.

¿Es posible realizar la formación adherida a este contrato en cualquier centro de formación?

Cualquier centro de formación será válido, siempre y cuando oferte formación del siguiente tipo: acreditable oficial, promovida por los Servicios Públicos de Empleo, o formación en idiomas o tecnologías de la información y la comunicación con una duración mínima de 90 horas en cómputo anual.

En Audiolís, como centro de formación, tenemos varios cursos disponibles para este tipo de contrato.

¿Hemos dejado alguna duda sin contestar, o alguna de las respondidas no os queda clara? Preguntadnos a través de los comentarios, el correo hola@audiolis.com o nuestro teléfono de atención al cliente gratuito 951 550 553.

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