Los trabajadores no podrán realizar horas extra, salvo en el supuesto previsto en el artículo 35.3. En el contrato para la formación y el aprendizaje, el tiempo de trabajo efectivo, que habrá de ser compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no podrá ser superior al 75%, durante el primer año, o al 85 por ciento, durante el segundo y tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, a la jornada máxima legal. Los trabajadores tampoco podrán realizar trabajos nocturnos ni trabajo a turnos.
Esto queda establecido en el artículo 2, apartado 2, letra f) de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral se establece que:
f) El tiempo de trabajo efectivo, que habrá de ser compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no podrá ser superior al 75 por ciento, durante el primer año, o al 85 por ciento, durante el segundo y tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, a la jornada máxima legal. Los trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en el supuesto previsto en el artículo 35.3. Tampoco podrán realizar trabajos nocturnos ni trabajo a turnos.
Pero, ¿qué dice el artículo 35.3 del Estatuto de los Trabajadores?
No se tendrá en cuenta, a efectos de la duración máxima de la jornada ordinaria laboral, ni para el cómputo del número máximo de las horas extraordinarias autorizadas, el exceso de las trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, sin perjuicio de su compensación como horas extraordinarias.
Por lo tanto, un trabajador con un contrato para la formación no podrá realizar horas extra salvo que existan causas de fuerza mayor o de carácter urgente que requieran que el trabajador se encuentre en el puesto de trabajo.
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Precio hora extra
Me gustaría saber, en un contrato de formación a cuanto debe pagar el empresario la hora extra al trabajador.
Gracias de antemano.
Buenas, estoy actualmente
Buenas, estoy actualmente trabajando en una tienda de dependienta sin contrato, trabajando 46 horas semanales y me van a pagar 750 euros este mes, el mes que viene me van a hacer un contrato de formación y el quiere que descanse solo un dia y trabaje 8 horas todos los demás, me he estado informando y eso no es legal. ¿Que debo hacer? se que si se lo digo no me hara el contrato porque no le convengo, hay otras chicas que con ese contrato hacen horas extra, pero yo también estoy estudiando en la Universidad y no me da tiempo. ¿Que hacer frente a estas injusticias?
Contrato de formación
Hola Sami:
Nosotros como centro de formación no podemos orientarte en ese tipo de aspectos. Entendemos que hay algunas empresas que no hacen un uso correcto del contrato de formación así como de otro tipo de contratos pero es decisión personal de cada trabajador cómo proceder ante estas situaciones.
Un saludo.
Horas extras de fuerza mayor
Quisiera saber si un trabajador menor de edad puede realizar horas extras de fuerza mayor, ya se que está prohibido que un trabajador menor de edad haga horas extraordinarias, pero, ¿ de fuerza mayor puede?
Horas extraordinarias
Hola Daniel,
Lamentablemente, nosotros como centro de formación, no podemos asesorarte en este tipo de asuntos laborales. Te recomendamos que acudas a un asesor laboral para que pueda ayudarte.
Saludos.
hay horario en un contrato de formacion
hola, quería saber si al tener un contrato formativo el jefe está obligado a establecer un horario y establecer mi dia libre. o si puede decirme a las doce de la noche que al dia siguiente tengo que ir a primera hora o decirme en el mismo día que ese sería mi dia libre.
muchas gracias
Horario contrato de formación
Hola. Sentimos decirte que nosotros, como centro de formación, no podemos ayudarte con este asunto. Sí podemos decirte que el contrato de formación se rige en cuanto a horarios, como el resto de contratos, por el Estatuto de los Trabajadores y en su caso por el convenio colectivo que sea de aplicación en tu empresa. Sólo existen algunas particularidades relativas a las horas extraordinarias y los turnos nocturnos que vienen especificadas en el Real Decreto 1529/2012 que regula los contratos para la formación y el aprendizaje. Si tienes alguna duda, te recomendamos que contactes con centros especializados de empleo y/o sindicatos. ¡Mucha suerte! Saludos.
Echo muchisimas horas y tengo Contrato de Formacion
Hola. En mi caso soy un empleado en un restaurante y llevo casi un año con un contrato de formación. Mi jornada laboral es horario partido 11 a 4 y de 7 a 2 todos los días, salvo el dia de descanso. Mi jornada laboral termina a las 2 de la mañana. Con un contrato de formacion mi jornada finalizaria a las 10 de la noche tengo entendido.Que puedo hacer para que no sigan abusando de ésta manera? Necesito que me echen un cable. Muchas gracias.
Horas en el trabajo
Hola, sentimos decirte que nosotros solo somos un centro de formación por lo que no podemos ayudarte mucho en este caso. Si te animamos a que hables con el empresario para intentar regularizar tu horario. Si es cierto que si estás en tu primer año de contrato tu jornada laboral es de 30 horas a la semana, dedicando 10 a formación. También puedes acudir a centros especializados en Empleo o sindicatos de trabajo si no estás contento con tu situación laboral para que te asesoren legalmente ¡Esperamos que tengas suerte! Un saludo,